Irán bajo sanciones, Ucrania bajo protección: petróleo y el doble estándar de EEUU

por Félix Madariaga

Mientras Washington mantiene una extensa arquitectura de sanciones económicas contra Irán y persigue sus redes de comercialización petrolera, sus propias declaraciones frente a Ucrania revelan otro estándar, basado en la protección de los intereses energéticos estadounidenses. Una contradicción que vuelve a poner sobre la mesa la selectividad de la política exterior de Estados Unidos.

Las sanciones económicas contra Irán constituyen uno de los instrumentos más prolongados de presión internacional ejercidos por Washington. Su origen se remonta a 1979, después de la Revolución iraní y la crisis de los rehenes en la embajada estadounidense en Teherán. Desde entonces, diferentes administraciones estadounidenses han ampliado y profundizado las restricciones económicas, financieras y comerciales contra la República Islámica.

La documentación oficial de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro estadounidense (OFAC) permite dimensionar su amplitud. Su programa de sanciones contempla restricciones sobre sectores estratégicos de la economía, entre ellos el petróleo, los productos petroquímicos, las finanzas, el transporte marítimo, la industria siderúrgica y determinadas actividades tecnológicas iraníes.

No se trata solamente de impedir que empresas estadounidenses comercien con Irán. Las disposiciones pueden alcanzar a terceros países y compañías extranjeras que mantengan determinadas relaciones comerciales con entidades iraníes sancionadas, exponiéndolas a perder acceso al sistema financiero estadounidense, extendiendo su capacidad de presión económica más allá de sus propias fronteras.

El petróleo como instrumento de presión

Uno de los principales objetivos de esta política ha sido la industria petrolera iraní, una actividad fundamental para los ingresos del país y su inserción en el comercio internacional.

El 8 de octubre de 2026, el Departamento del Tesoro anunció nuevas medidas contra redes vinculadas al transporte de petróleo y productos petroquímicos iraníes. La operación, denominada Economic Outcast, buscaba afectar lo que Washington identifica como la flota clandestina utilizada por Teherán para comercializar sus hidrocarburos.

Según Reuters, las nuevas sanciones alcanzaron a personas, redes comerciales y 17 embarcaciones vinculadas al transporte de petróleo iraní. El Gobierno estadounidense justifica estas operaciones sosteniendo que permitían financiar actividades militares y otros programas del Estado iraní.

Existe una pregunta que merece ser planteada: ¿se aplican los mismos criterios cuando las operaciones energéticas involucran intereses económicos estadounidenses?

Ucrania y los intereses petroleros de Washington

El 22 de septiembre de 2026, el secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio, realizó declaraciones que permiten examinar esta interrogante.

En una entrevista con Fox News, Rubio manifestó su preocupación por una serie de operaciones ucranianas que habrían afectado embarcaciones vinculadas a intereses estadounidenses y suministros de petróleo relacionados con empresas de ese país.

El funcionario reconoció que probablemente Ucrania no había actuado deliberadamente contra esos intereses, pero sostuvo que los incidentes debían abordarse y que no podían repetirse.

Las declaraciones tienen un contexto importante. Algunas operaciones ucranianas se han dirigido contra instalaciones y embarcaciones vinculadas a la infraestructura energética rusa en el mar Negro. Entre ellas se encuentra el entorno de las instalaciones del Consorcio del Oleoducto del Caspio (CPC), que transporta petróleo de Kazajistán hacia los mercados internacionales y cuenta con participación de compañías estadounidenses como Chevron y ExxonMobil.

Por tanto, los ataques contra infraestructura vinculada a Rusia pueden terminar afectando operaciones comerciales de empresas de otros países.

Este antecedente permite observar una diferencia en las prioridades de Washington: mientras las actividades petroleras iraníes son objeto de una política sistemática de sanciones y persecución económica, cuando las operaciones militares ucranianas afectan intereses energéticos estadounidenses, el gobierno de Estados Unidos manifiesta preocupación y exige que la situación sea corregida.

No estamos frente a situaciones jurídicas idénticas. Las sanciones económicas, las operaciones militares y los ataques contra infraestructura energética responden a marcos diferentes. Sin embargo, la comparación permite plantear una discusión política sobre la manera en que Estados Unidos define y defiende sus intereses económicos en el escenario internacional.

El doble estándar y la política exterior estadounidense

La política de sanciones contra Irán no puede analizarse separadamente de los intereses estratégicos y económicos de Washington en Medio Oriente y en el mercado energético internacional.

Estados Unidos sostiene que sus medidas buscan impedir que el Gobierno iraní financie actividades que considera una amenaza para su seguridad y la de sus aliados. Por otra parte, Teherán cuestiona estas restricciones y las considera instrumentos de presión económica y política.

El tema de fondo es que las sanciones unilaterales estadounidenses tienen consecuencias que pueden extenderse a empresas, instituciones financieras y actores económicos de terceros países, incluso cuando no participan directamente en las decisiones políticas de Washington.

En ese escenario, las declaraciones de Marco Rubio sobre los intereses petroleros estadounidenses afectados por operaciones ucranianas adquieren una relevancia particular.

La defensa de los intereses económicos propios parece constituir una línea que Washington considera irrenunciable. Pero cuando se trata de Irán, el mismo comercio petrolero se convierte en objeto de una política de aislamiento económico que busca limitar sus posibilidades de relacionarse con otros mercados.

La pregunta, entonces, no es solamente quién tiene derecho a comercializar petróleo o bajo qué condiciones puede hacerlo. También es quién establece las reglas, quién tiene capacidad para imponerlas y qué ocurre cuando esas reglas entran en conflicto con los intereses de las grandes potencias.

Una discusión que trasciende a Irán.

El caso iraní vuelve a poner en discusión el alcance de las sanciones económicas como instrumento de política exterior. También plantea interrogantes sobre la soberanía de los Estados, la libertad de comercio y la capacidad de las potencias para imponer sus propias normas al resto del mundo.

Para los países de América Latina, esta discusión tampoco es ajena. La utilización de mecanismos financieros y comerciales como instrumentos de presión internacional constituye un antecedente que merece atención, especialmente para las naciones que buscan mantener una política exterior independiente y relaciones económicas diversificadas.

El caso de Irán y las declaraciones estadounidenses sobre Ucrania permiten observar una contradicción: la defensa de principios y reglas internacionales convive con la protección de intereses económicos nacionales, y su aplicación puede variar según los actores involucrados.

Fuentes:

https://ofac.treasury.gov/sanctions-programs-and-country-information/iran-sanctions

https://informat.ro/es/internacional/marco-rubio-acusa-a-ucrania-de-atacar-buques-con-petroleo-para-estados-unidos-140083

https://www.state.gov/iran-sanctions

https://abcnews.com/International/rubio-ukraine-unintentionally-hit-american-linked-oil-infrastructure/story?id=136648660

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