Perú. Juicio a Polay. Una crónica de la perpetuación de la venganza

por Roque Gonzales la Rosa

Los testigos

Las audiencias judiciales virtuales llegaron para quedarse. La imagen solemne de los tribunales ha dado paso a webcams que, disímiles en iluminación y encuadre, ponen el marco para las audiencias de los litigantes. Se filtran los apremios por colocarse las cintas y distintivos a última hora, la ausencia de audio, las imágenes congeladas. Una de las cámaras instalada en la Base Naval del Callao deja ver en un ambiente enorme y solitario a Víctor Polay Campos que inadvertido recorre la sala de extremo a extremo.

Más de 70 años encima, casi 40 de estos tras las rejas, Polay refleja un cabello unánimemente plateado, camina lento, como perdonando el tiempo dice la canción. Los años han perfilado más rotundos sus rasgos andinos y los ancestros chinos. Víctor Polay escuchará en ese ambiente la sentencia por el juicio que se le sigue por las muertes en 4 casos que, según la fiscalía, habrían sido eliminadas en el marco de un acuerdo político del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, MRTA, tomado en su II Comité Central en agosto de 1988 para ultimar personas por su orientación sexual. Es visible la ansiedad del procesado. Hace 35 años fue sentenciado como responsable general, fundador y comandante del MRTA a 35 años de prisión y acaba de cumplirlos. La humana expectativa por recuperar su libertad se ha visto afectada por este proceso judicial que surgió para retenerlo en prisión y lograr una nueva condena que perpetúe su carcelería.

Hace algunos meses un colectivo numeroso y amplio publicó una carta abierta respecto a este nuevo juicio, alertando que la prolongación de la carcelería de quien ya pagó íntegramente su condena, y que además ha dado pruebas evidentes de su voluntad por reintegrarse plenamente a la sociedad, viola el mínimo Estado de derecho y representa ensañamiento con el adversario vencido. Sucede que Polay no sólo ha cumplido íntegramente sin beneficio alguno todos los calendarios de estos últimos 35 años de sentencia. Además, ha extendido condolencias y pedido perdón a todas las víctimas del accionar subversivo y manifestado su intención de reincorporarse a la política legal, ¡todo un éxito de la resocialización penitenciaria! Pero Polay no se ha quebrado, no reniega del programa enarbolado, pretende insertarse al quehacer político tal como lo han hecho otros exguerrilleros en sus países. Polay fue responsable de los numerosos crímenes que la agrupación que fundó perpetró, de eso no hay discusión, a eso se le pueden añadir un sinnúmero de adjetivos, pero por aquello precisamente ya pagó una dilatada condena, señala su abogado.

En las pantallas que van conectándose aparece también el fiscal Rubén Anicama Medina, de gris desempeño, no se conoce mucho de su trayectoria salvo que hace poco estuvo al frente de una causa que procesaba una banda de efectivos policiales que secuestró y golpeó a cuatro ciudadanos en una comisaría de San Juan de Lurigancho. El fiscal logró que los policías sean sentenciados a un año de pena suspendida. También se sabe que aparece sentando una denuncia tras haber repelido un intento de asalto con su arma de fuego. Diríamos que Anicama no resulta muy efectivo contra la delincuencia policial y que camina armado. La firmeza contra la inseguridad ciudadana no es la fortaleza de esta fiscalía, aunque pareciera tampoco lo es su capacidad probatoria.
Los testigos ya vienen declarando. En las audiencias previas ya se desestimaron algunos por considerarse sus declaraciones irrelevantes. El fiscal Anicama Medina pretendía aportar documentales, reportes de prensa y algún ensayo sobre diversidad sexual.

El ordenamiento penal considera testigo directo al evidente partícipe presencial del acontecimiento, pero también existen los testigos de referencia, aquellos que no presenciaron el evento, pero disponen de información relevante. Deben identificar quién les brindó la información que reseñan. En el derecho penal peruano el testigo de referencia o de oídas tiene un valor secundario, el artículo 166 del Código de procedimientos penales obliga a referir contexto, fuente, momento y medios. La tesis fiscal carece de testigos directos. En todas sus aseveraciones, no existe quién las respalde. Tras varios años urdiendo este proceso, la llamada política de limpieza social supuestamente emanada de un evento orgánico como el II CC del MRTA para eliminar homosexuales ha quedado reducida a cuatro hechos esparcidos entre el 89 y 92. En todos se aseveran ejecuciones de homosexuales extraídos de domicilios, fiestas locales, y en ninguno alguien puede dar testimonio de los autores, de la muerte, del momento, de la orden.
El colegiado ha desestimado como pruebas de la fiscalía los testimonios de activistas LGTB que opinaron sobre el tema. Tampoco han sido admitidos libros de activistas anticubanos, por su evidente distancia de los acontecimientos, y porque las opiniones no pueden ser elementos de prueba.

La defensa también ha perdido armas probatorias, como el testimonio de excomandantes guerrilleros del M19 colombiano, de Alfaro Vive de Ecuador. En los años 80 estas agrupaciones coincidieron en el llamado Batallón América, una experiencia de integración internacionalista de estas organizaciones subversivas. El colegiado de jueces considera que ninguno estuvo cerca físicamente de los hechos, sin embargo, la defensa de Polay señala que los veteranos exguerrilleros sudamericanos no atestiguarían los hechos materia de este proceso, sino la línea política que los hizo coincidir en las montañas colombianas. La acusación fiscal atribuye homofobia guevarista a los insurgentes, y habría sido importante escuchar a colegas de insurgencia si la llamada política de «limpieza social» era de su conocimiento. En todo caso sus declaraciones ya constan a nivel de la investigación previa.
Mientras tanto, con testigos de referencia avanzan las audiencias, vamos a reseñar algunos relevantes como el general Gonzales Sandoval.

Partícipe directo de algunos golpes importantes al MRTA, se atribuye las capturas de Víctor Polay, Peter Cárdenas, de Lucero Cumpa, de los militantes del MIR chileno que retenían al empresario Raúl Hiraoka. También es quien canaliza el arrepentimiento de Lino Manrique Tuya, personaje de enorme importancia en esta historia. Con algo de ligereza se atribuye también la liberación del empresario boliviano Samuel Doria Medina, la captura de Miguel Rincón, “que en paz descanse” dice Gonzales Sandoval, quien gustaba considerarse el azote del MRTA. En sus mejores tiempos lo apodaban El Chacal. Ahora, a los 80 años y entregado al evangelismo, la fiscalía lo interrogó respecto del caso dado su expertise y especialización. Siendo que es un asunto sobre el cual ya declaró, Gonzales Sandoval se tomó la libertad de rendir su manifestación, siendo conducido en un vehículo en movimiento con ventanilla abierta, cosa que la sala judicial hizo corregir sobre la marcha.  

El fiscal Rubén Anicama inicia su interrogatorio, preguntando por el organigrama, la estructura dirigente del MRTA. El general responde que es asunto conocido, público, que está en todos los atestados policiales y que es admitido por los procesados, incluso los amigos del MRTA están publicando libros al respecto, señala. Igual reitera la pregunta mereciendo la objeción de los abogados que califican la reiteración como repetitiva e irrelevante. Anicama vuelve a la carga y pregunta ampliamente por los hechos sucedidos entre 89 y 92. Ahora la defensa objeta la pregunta confusa, genérica e impertinente. Anicama precisa concretamente por los hechos de Las Gardenias. Gonzales Sandoval reitera que él asume la Dirección Contra el Terrorismo recién el año 92, es decir muchos años después del hecho. Ahora pregunta sobre Fransua, una de las víctimas que el general dice desconocer. La fiscalía indaga, acto seguido, por las acciones del MRTA en la región San Martín. Sandoval reitera que él no operó en esa región, que sobre esos acontecimientos él se remite a los atestados policiales. La fiscalía reitera si sabe de alguna política desarrollada por la guerrilla en la región contra una minoría de la población. Una vez más se objeta la pregunta porque en ella incorpora la respuesta, y sugiere la premisa que busca probar, entonces la fiscalía modifica la pregunta haciéndola más genérica: ¿podría indicarnos si existió algún lineamiento contra algún grupo social? Sandoval reitera no saber de alguno en particular. El interrogatorio se acaba con la pregunta del abogado, ¿Usted conoció a Lino Manrique Tuya?. Claro que sí, responde, él ha trabajado muy de cerca con nosotros. Sin embargo, Manrique Tuya no está apersonado al proceso, por consiguiente, no corresponden preguntas sobre este personaje, señala la jueza ponente.

Lino Manrique Tuya, compañero Joselo, es el autor de las muertes del primer caso: los 8 muertos que erróneamente se ha venido a llamar el caso Las Gardenias, con detalle y lógica ha declarado de puño y letra las circunstancias de este crimen. Joselo se acogió a la ley de arrepentimiento, una ruta que premió la deserción de los alzados en armas que traicionen a su agrupación, y Joselo no sólo aportó información, sino que además se convirtió en un feroz verdugo de sus excompañeros. Joselo se hizo un trabajador cama dentro de la Dirección contra el Terrorismo, participó en operativos e interrogatorios. Extinto ya el MRTA, la policía dejó de necesitarlo, no obstante, dada la importancia del daño hecho, ayudó a reubicarlo en el extranjero.

Gonzales Sandoval es un viejo policía. Ambos elementos lo han dotado de innumerables anécdotas que disfruta relatar, sin embargo, los hechos del proceso no están abarcados dentro del periodo en que prestó servicio y para este particular su intervención no aporta nada relevante. Sin embargo, la defensa de Polay, el abogado Henry Burgos, olvidó preguntar algo que sí hizo a nivel de la investigación fiscal: si como experto investigador y verdugo de esta organización supo de acciones contrarias a quienes tuviesen orientación sexual distinta en ese entonces, y el testigo señaló que jamás supo de alguna línea de acciones en ese sentido. Efectivamente, también en la etapa de investigación fiscal fue interrogado sobre su estrecha relación con el arrepentido Joselo, relató la intervención de una congresista fujimorista en su acogimiento a la ley de arrepentidos; los años de trabajo compartidos combatiendo a la subversión. Al respecto, el general se muestra contrariado respecto a que un colaborador policial de tamaño aporte se encuentre desprotegido y sea nuevamente procesado.  

Ágilmente aparece en cámara un nuevo testigo de la fiscalía. Al general Sandoval le dieron las gracias y pudo continuar su viaje.

Ahora se trata del profesor Carlos Chung Rojas. Su relevancia radica en que fue hermano de uno de los asesinados en el Asentamiento Humano 9 de abril, Humberto Mendoza Rojas, el caso uno, mal llamado Las Gardenias. Luego del juramentar frente a la webcam relata a la fiscalía que supo de la muerte de su hermano por la radio local que señaló había sido el MRTA, y dice que no asistió al levantamiento del cuerpo. Indica que la zona conocida como Las Gardenias era un prostíbulo. El fiscal pregunta si sabe por qué mataron a su hermano, y responde en sus propios términos, «fue a causa de su vicio», su hermano se dedicaba a los estupefacientes. Lamentablemente por eso lo mataron, señala, «como mi hermano se dedicaba a esta actividad él asistía a ese prostíbulo en que se congregaban ese tipo de gente», indica. ¿Su hermano sufría alguna enfermedad?, pregunta la fiscalía. «No, solamente su vicio», refiere el hermano. El fiscal pregunta si sabía cómo se llamaba ese tipo de acciones de limpieza social. De inmediato los abogados de la defensa objetan que se insinúe la respuesta en las preguntas. Por vez segunda la sala reprende al fiscal para que reformule sus preguntas. Este vuelve a la carga: ¿sabe Ud. quienes asesinaron a su hermano? «Por la prensa dijeron que fue el MRTA, no fue verificado, nosotros ya quedamos con eso».

La defensa pregunta si su hermano era homosexual. «No, mi hermano era varón, machazo», culmina.

El proceso cuenta con testimonios breves, de los cuales apenas pueden extraerse las piezas que nos brinden la escena completa. Así es en cada uno de los cuatro casos hilvanados dentro de este juicio. Declararán policías, peritos, académicos que frente a cámara seguirán produciendo contenidos para este proceso que pretende probar que cuatro crímenes entre 1989 y 1992 prueban una política sistemática de limpieza social decretada por los subversivos. En la próxima audiencia el fiscal Rubén Anicama promete testimonios concluyentes y definitivos.  

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